A- de 2019
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Jose Nicolas Pulido Nieto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento de requisitos mínimos para la admisión
- Procedencia
- Requisitos del concepto de violación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
El rechazo de la demanda se dio porque en el escrito de corrección el actor no subsanó debidamente los defectos puestos de presente en el auto de inadmisión.
La Sala Plena de la Corporación consideró que el recurrente no logró desvirtuar las razones que se presentaron al rechazar la demanda y, por ello, decidió CONFIRMAR en todas sus partes la providencia cuestionada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (23 puntos)
- Primero. CONFIRMAR en todas sus partes el Auto del veinticuatro (24) de julio de dos mil diecinueve (2019), proferido por el Magistrado Luis Guillermo Guerrero Perez, que rechazo la demanda de inconstitucionalidad formulada por el ciudadano Jose Nicolas Pulido Nieto, en contra de los articulos 11 y 18 de la Ley 1908 de 2018, con radicado D-13289, por las razones anteriormente senaladas.
- Segundo. COMUNICAR la presente providencia al demandante, informandole que contra ella no procede recurso alguno.
- Tercero. ARCHIVAR el expediente.
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Presidenta
- CARLOS BERNAL PULIDO
- Magistrado
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- (No participa)
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSE LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- ALBERTO ROJAS RIOS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.